La Corte Suprema desestimó el 1° de julio pasado una apelación de la concesionaria Metrovías, dejando firme una sentencia de la Cámara Civil que condenaba a la compañía operadora del Subte a abonar $70 mil pesos en concepto de indemnización a un joven que había quedado atrapado con medio cuerpo fuera de un coche en la estación Castro Barros de la línea A.
Cerca de las siete de la mañana, el damnificado, identificado como Pablo, acompañado un grupo de amigos volvían de bailar y se dirigieron a tomar el Subte en la estación Castro Barros de la línea A. Según corroboró la Justicia, cuando Pablo ascendía al coche las puertas se cerraron sin que mediara silbato o señal sonora alguna. La mitad superior del cuerpo del joven quedó en el andén y fue arrastrado varios metros hasta que, en cercanías del túnel, sus amigos pudieron introducirlo completamente dentro del tren.
Pablo sufrió algunos traumatismos de consideración en el cráneo y quedó en terapia intensiva. El joven demandó luego a Metrovías por daños y perjuicios, pero la empresa alegó que tanto el damnificado como sus acompañantes estaban en estado de ebriedad. Si bien varios testigos sostuvieron que los jovenes estaban “alegres”, tanto en primera instancia como en la Cámara, la Justicia dio la razón al damnificado.
Si bien la indemnización correspondiente era de 140 mil pesos, se redujo luego a $ 70 mil debido a que se consideró la “conducta negligente” de Pablo al asomar su cuerpo parcialmente por la puerta, lo que terminó ocasionándole las heridas.
La Corte desestimó la apelación por cuestiones de forma, dejando firme la sentencia.