La empresa Metrovías deberá pagarle más de 14 mil pesos a un pasajero que sufrió daños mientras viajaba en el subte. La indemnización será destinada a un joven a quien una puerta de un vagón le agarró la mano.
La sentencia de primera instancia, y sujeta a apelación de las partes, la dictó el juez nacional en lo civil Miguel Prada Errecart, ante la demanda promovida por el padre del entonces menor de edad P. T. G.
El hecho que originó el reclamo ocurrió la mañana del 1° de agosto de 2005, en la estación Constitución, de la línea C de subterráneos, cuando el joven subió al último vagón de una formación que salía de esa terminal con destino a Retiro.
De acuerdo a la demanda, debido a la gran cantidad de pasajeros que había dentro del tren y en el andén, P. T. G. se vio obligado a permanecer cerca de una puerta del coche.
P. T. G. tenía la mano derecha apoyada en el marco de la puerta cuando, al reabrirse como señal que realizó el guarda para avisar sobre la partida del convoy, quedó atrapado y, aunque pudo liberase con la ayuda de otros pasajeros, sufrió lesiones en los dedos meñique y anular.
Debido al dolor, el joven bajó en la estación Moreno desde donde, con la intervención de personal de seguridad y de la Policía Federal, fue trasladado en una ambulancia del SAME al Hospital Argerich, donde recibió atención médica.
“Como resultado del accidente P. T. G. perdió la sensibilidad y parte de la movilidad de los dedos meñique y anular”, consignó la demanda por 87.302 pesos en concepto de gastos médicos, lucro cesante y daños moral y psicológico.
El juez evaluó que si bien Metrovías negó el hecho, el episodio quedó registrado en el libro de “Novedades” de la estación Moreno, con datos sobre edad, identificación y domicilio del joven, de su herida cortante en la mano derecha y del personal médico que lo trasladó al hospital.
Tras analizar las pericias médicas realizadas a P. T. G., el juez rechazó la pretensión por daño psicológico y reconoció el derecho a indemnización por los otros rubros, pero por sumas inferiores a las reclamadas, con un interés del 8 por ciento anual, calculado desde que ocurrió el hecho.