La decisión judicial fue tomada en un caso de una mujar que fue violada en la estación San José de la línea E en diciembre de 2004. Entonces, la víctima presentó una demanda penal -sin que hasta ahora se encontrara al violador- y una civil contra Metrovías con el argumento de que es la empresa la que debe garantizar la seguridad de los pasajeros. En ese sentido fallaron tanto la jueza de primera instancia, Yolanda Federico, como la Sala H de la Cámara Civil. De esta manera, la Justicia ordenó a Metrovías a pagar una indemnización de 360.000 pesos que, ajustados desde 2004 más el pago de costas, asciende a 1.500.000 pesos.
El fallo de la Cámara indica que si bien el Estado no puede desentenderse de su función de proveer seguridad a los ciudadanos, en el caso la empresa concesionaria también debe cumplir con dicha obligación en los bienes que le fueron concedidos puesto que “el Estado concedente deposita su confianza en la buena fe del concesionario, a fin de que la prestación privada tenga capacidad suficiente para ofrecer un buen servicio”. El tribunal destaca que, al firmar el Contrato de Concesión, la empresa “acordó asumir actos positivos tendientes a prevenir actividades delictivas en el marco de sus dependencias” no sólo en lo relativo a las personas sino también a los bienes afectados a la concesión. Esto se demuestra en la contratación, de parte de Metrovías, de la Compañía Metropolitana de Seguridad para complementar la tarea desempeñada por los adicionales de la Policía Federal que la empresa abona.