La Cámara Civil condenó a la empresa concesionaria Metrovías a indemnizar con 10.500 pesos a la familia de un niño de seis años de edad a raíz de las lesiones padecidas por el menor cuando fue golpeado en una mano por la puerta de la cabina de conducción de una maquinista de la línea B de subterráneos. La mujer, que se encontraba a cargo de la formación, había abierto la puerta de su cabina entre las estaciones Tronador y Federico Lacroze para explicarles a los pasajeros los motivos de una demora. Al cerrarla, dejó aprisionada la mano del pequeño.
Los integrantes de la sala “L” de la Cámara, Víctor Liberman, Marcela Pérez Pardo e Hilario Rebaudi Basavilbaso, revocaron así un fallo de primera instancia que responsabilizaba por el hecho tanto a la empresa como a la madre del menor. “El empresario no ha adoptado medidas adecuadas o su personal ha actuado negligentemente”, sostuvieron en el fallo según consigna Télam. “La puerta de la cabina de conducción abierta en circunstancias en que el subterráneo estaba colmado de pasajeros, habida cuenta el horario en que ocurrió el accidente (aproximadamente a las 18:30), es un riesgo creado por el dueño o guardián”, agregaron.
“Seguramente decidió abrir esa puerta frente a la cantidad de pasajeros que pudieron haberse amontonado requiriendo las explicaciones del caso. Lo cierto es que cuando procedió a cerrar la puerta de la cabina no advirtió la presencia del menor, y aprisionó su mano. El niño no llegó sano y salvo hasta el lugar de destino”, concluyeron. El fallo fija en 4.000 pesos el resarcimiento por daño psíquico, en 1.200 la compensación por tratamiento psicológico, otros 5.000 por daño moral y 300 por gastos médicos.